Recientemente se ha publicado la Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre, que regula la posibilidad de señalar días para que no se pongan a disposición del obligado tributario Notificaciones Electrónicas.
Respecto a esto cabe señalar que:
- Esta posibilidad de señalar los días en los que la AEAT no pueda poner notificaciones a disposición del obligado tributario en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) se abre tanto para las personas o entidades que hayan entrado en el sistema de forma voluntaria (afectará solo a los procedimientos para los que se hayan suscrito a este sistema) como para las entidades que hayan sido incluidas obligatoriamente (afectará a todas las notificaciones de la AEAT en procedimientos tributarios y en la gestión recaudatoria de recursos de otros Entes), pudiendo señalar los días tanto los obligados tributarios como, en su caso, sus apoderados.
- Los días que se pueden señalar son un máximo de 30 naturales, que se pueden agrupar libremente, pero el señalamiento debe hacerse con 7 días al menos de antelación. Estos 30 días también se mantienen para los obligados que se incorporen al sistema a lo largo del año, sin que sea necesario prorratearlos. También existe la posibilidad de modificar los días señalados, haciéndolo asimismo con 7 días de antelación.
- El retraso en la notificación que se produzca por el señalamiento de estos días se considerará dilación no imputable a la Administración a efectos de los plazos de los procedimientos. Para acreditar el retraso no imputable a la Administración, éste deberá certificarse por la AEAT.
- El señalamiento de días se realizará en la sede electrónica de la AEAT.
- Creo que es importante resaltar que los días que se señalan son aquellos en que la AEAT no puede poner notificaciones en la DEH, lo cual significa que si queremos no atender notificaciones en la primera quincena de agosto y señalamos los días del 1 al 15 de dicho mes, en la DEH se podrán poner notificaciones hasta el 31 de julio para las que dispondremos de 10 días para su descarga. Si no lo hacemos, transcurrido ese plazo, se considerará que la notificación ha sido rechazada.
- Esta norma tiene efectos a partir de 1 de enero de 2012.
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